Accionista: titular de acciones.

Accionista mayoritario: accionista titular de una porción suficiente del capital con derecho de voto de una empresa -en general, ≥30%-, como para controlar la composición del directorio.

Accionista minoritario: accionista con una participación minoritaria (generalmente <5%).

Acta constitutiva: documento formal presentado al organismo gubernamental correspondiente del lugar donde se inscribirá la empresa/organización. El acta refleja la decisión de los constituyentes de establecer el objeto social, la capacidad jurídica, las reglas internas y las facultades legales de las que estará investida la organización, mediante la transcripción de esos principios en sus estatutos.

Acta de reunión de directorio: documento formal perfeccionado por la firma de los asistentes a la reunión, que incluye todos los temas tratados y los acuerdos alcanzados.

Acuerdo de accionistas: documento escrito que regula la relación de los accionistas entre sí acerca de la forma de control y administración de la empresa.

Agenda u orden del día: listado de temas a tratar en una reunión de directorio. Los directores tienen derecho a conocer con antelación los asuntos que serán tratados.

Asamblea extraordinaria: corresponden a la asamblea extraordinaria todos los asuntos que no sean de competencia de la asamblea ordinaria, la modificación del estatuto y temas como: aumento, reducción y reintegro del capital, fusión, transformación y disolución de la sociedad, emisión de bonos, entre otros.

Asamblea ordinaria: reunión celebrada, generalmente, al final de cada ejercicio económico, en la que los accionistas consideran los estados contables, debaten sobre el destino de las utilidades (si las hubiera) y las perspectivas para el futuro. Además, durante la asamblea, se eligen directores y se abordan los temas que hayan sido incluidos en el orden del día. La importancia de la asamblea ordinaria está dada por el hecho de que es la única reunión que puede celebrase válidamente cualesquiera sea el número de accionistas presentes.

Auditoría externa: evaluación y verificación de los registros contables y financieros de la empresa y de otros documentos de respaldo, realizada por profesionales  externos independientes.

Auditoría interna: valoración del cumplimiento de los estándares y de la solidez del registro de las operaciones de la empresa realizada por sus propios empleados. Quienes desempeñan esta función se denominan auditores internos.

Autoevaluación del directorio: metodología a través de la cual el directorio evalúa su propia gestión y la de sus integrantes.

Bloque de control: grupo que combina las acciones de la empresa que representan la mayoría de aquellas que confieren derecho a voto.

Código de conducta/ética: código desarrollado y aprobado por las organizaciones para definir el curso de acción a seguir en situaciones específicas o potencialmente delicadas.

Comisión Directiva: ver Directorio.

Comisión Nacional de Valores: entidad autárquica con jurisdicción en toda la República Argentina cuyo objetivo es autorizar la oferta pública de valores velando por la transparencia de los mercados y la correcta formación de precios en los mismos, así como la protección de los inversores.

Comité de auditoría: comité integrado por directores (en su mayoría independientes), responsable de supervisar la exposición y divulgación de información financiera y de otro tipo a los grupos de interés. Habitualmente, este comité tiene a su cargo la elección de los auditores externos de la empresa, la que debe ser aprobada por el directorio.

Comités del directorio: comisiones integradas por miembros del directorio creadas para asistirlo en el análisis de asuntos específicos, fuera de las reuniones ordinarias celebradas por el directorio.

Compliance: ver Ética y cumplimiento normativo.

Composición accionaria: la distribución de las acciones de la empresa entre los accionistas.

Conflicto de interés: ocurre cuando una persona o grupo no tiene una postura independiente respecto del asunto tratado y puede influenciar o tomar decisiones motivadas por intereses que podrían diferir de los de la empresa u organización.

Consejo de Administración: ver Directorio.

Control de gestión: conjunto de procedimientos que guían el control del resultado y la elección del comportamiento de quienes deben tomar decisiones, para que actúen lo más eficientemente posible a fin de alcanzar los objetivos de la organización a partir de los recursos disponibles.

Control estratégico: supone la adaptación del sistema de control a los requerimientos de la dirección estratégica. El control estratégico se centra en dos puntos: si la estrategia se está implementando como se planificó y si los resultados producidos por la estrategia son los esperados.  

Departamento de Relaciones con el Inversor: departamento de comunicación corporativa de la empresa. Esta división se especializa en la divulgación y gestión de información en las comunicaciones entre la empresa y la comunidad de inversores, tanto para empresas que cotizan en bolsa como para las que no.

Derechos de los accionistas: derechos políticos y económicos que surgen de la titularidad de acciones.

Derechos de voto: derecho de votar en asambleas de accionistas sobre los temas incluidos en el orden del día.

Director: miembro del directorio.

Director ejecutivo (CEO, por sus siglas en inglés): gerente general. Autoridad de mayor jerarquía en la empresa que responde al directorio, responsable ejecutivo.

Director independiente: persona cuyo único vínculo con la empresa es su posición de director.

Directorio: entiéndase también Junta directiva o Comisión directiva. Conjunto de individuos elegidos por los accionistas/socios de una empresa/organización para su gobierno.

Dividendo: remuneración del accionista. Corresponde en parte o en todo a los beneficios después de impuestos anuales, de libre disponibilidad. Es propuesto por el directorio y aprobado por la asamblea de accionistas.

Divulgación: difusión pública de información acerca de la situación económico financiera de una empresa, Una divulgación adecuada de la mayor cantidad de información posible es uno de los principios del derecho societario argentino u del gobierno corporativo de la OCDE.

EBITDA: del inglés, parámetro que indica el margen de rendimiento de las operaciones de una empresa antes de intereses, amortización, depreciación e impuestos.

Enforcement: del inglés: hacer cumplir, hacer respetar, aplicación de las regulaciones. Se refiere al acto de ejecución, la garantía de cumplimiento u obediencia a las reglas.

Equidad o tratamiento igualitario de los accionistas: respeto por los derechos de todos los accionistas. Uno de los principios cardinales del derecho societario argentino y del gobierno corporativo de la OCDE.

Equipo gerencial: equipo responsable de la gestión de la empresa/organización y sus resultados. Está constituido por el gerente general y las personas que le reportan directamente.

Ética y cumplimiento normativo, cumplimiento normativo o cumplimiento legal (compliance, en inglés): observación y adhesión a las normas y reglamentos. En general, cumplimiento significa ajustarse a una especificación o política (interna o externa), norma o ley que ha sido claramente definida.

Gestión de riesgos: proceso para analizar la exposición de la empresa a riesgos y determinar el mejor enfoque para enfrentarlos y mitigarlos adecuadamente.

Gobernanza: ver Gobierno.

Gobierno: según la OCDE, el gobierno corporativo es el sistema por el cual las empresas de los sectores público y privado son dirigidas y controladas. La estructura del buen gobierno corporativo especifica la distribución de los derechos y de las responsabilidades entre los diversos actores de la empresa, como por ejemplo, el directorio o consejo de administración, presidente y directores, accionistas y otros terceros aportantes de recursos.

Grupo de interés, parte interesada o incumbente (en inglés: stakeholder) Persona u organización que posee un interés legítimo sobre un proyecto o empresa/organización. En un sentido más amplio se refiere a proveedores, acreedores, clientes, empleados y a la comunidad local -todas las partes afectadas por las actividades de la empresa-.

Junta Directiva: ver Directorio.

Ley General de Sociedades: regula los aspectos que inciden en el buen funcionamiento de las sociedades.

Memoria (o Memoria Anual o Reporte Anual): publicación anual de las empresas dirigida a sus accionistas. Este documento contiene información referida a los resultados financieros y al desempeño general de la empresa durante el ejercicio anterior, además de comentarios sobre las perspectivas futuras.

Minuta: documento que relata extensa y adecuadamente lo sucedido en una reunión.

OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Presidente del directorio: director de mayor jerarquía dentro del directorio y representante legal de la sociedad, a la que obliga por todos los actos que realice y que no sean notoriamente extraños al objeto social.

Reglamento del directorio: documento que detalla las funciones, responsabilidades y actividades del directorio y sus comités.

Stakeholder: ver Grupo de Interés.   

Sustentabilidad: es la situación que define a la empresa que reúne y genera las condiciones de continuidad.

Teoría de la agencia: marco teórico utilizado en los países de derecho anglosajón para describir la relación de poder y los derechos entre una persona (el representado), que contrata a otra (el representante o agente) para que actúe en su nombre.

Todo plazo: se refiere a atender los criterios de viabilidad propios del corto plazo, y de continuidad propios de la sustentabilidad a mediano y largo plazo de la acción de la organización

Tone from/at the top: ver Tono.

Tono (tone from/at the top, tono de la cúpula): impronta cultural y de valores de la organización, impulsada por el directorio, que describe el clima ético general de la organización.

Transparencia: principio de gobierno corporativo de la Ley General de Sociedades, la Ley de Mercado de Capitales y la OCDE que consiste en publicar y divulgar información pertinente de la empresa/organización que hace oferta pública de sus títulos valores.